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Ruidos molestos y que superen las normas serán sancionados en toda la región de Coquimbo.



La Serena: SMA aplica sellado de equipos de música de pub “El Carrete” por superación de la norma de ruido. 

En la región  se está aplicando un plan conjunto con la municipalidad, Seremi de Salud, y Carabineros para la atención de denuncias ciudadanas respecto a ruidos molestos de las zonas donde se concentran locales nocturnos y bailes al aire libre. Todos deben ajustarse a la ley. Y no sobrepasar los  20 decibeles la norma de ruido en horario nocturno.

 La Oficina regional de Coquimbo de la Superintendencia del Medio Ambiente procedió hoy a aplicar un sellado de equipos y aparatos de música -altavoces, subwoofer, mesas de sonido, amplificadores, micrófonos, entre otros- del restobar “El Carrete” ubicado en avenida Cuatro Esquinas N°56, en la comuna de La Serena, para impedir que se sigan usando.

Esta medida cautelar, que busca resguardar la salud de las y los vecinos del recinto, se tomó luego de realizar fiscalizaciones por denuncias ciudadanas, donde se constató que se superaba en más de 20 decibeles la norma de ruido en horario nocturno”, comenta Višnja Musić, jefa de la Oficina Regional de la SMA.

Luego de realizar el operativo de sellado de equipos, Musić y el equipo regional de la SMA concurrieron a notificar personalmente a los vecinos afectados por el ruido, quienes agradecieron la gestión realizada.

Según la Organización Mundial de la Salud, la exposición continua ante ruidos molestos es causante de fatiga, depresión, aumento de incidencia de enfermedades virales, accidentes, diabetes, entre otros padecimientos. La afectación es mayor aún en población vulnerable como niños, ancianos y enfermos crónicos.

El Seremi de Medio Ambiente, Leonardo Gross Pérez, señaló que “esta acción fiscalizadora coordinada entre la SMA, con autoridad municipal y Carabineros, y busca dar respuesta de la gran cantidad de denuncias por la molestia de vecinos que exceden la norma. Son acciones que se seguirán desarrollando y le agradecemos a la SMA que esté cumpliendo con su rol fiscalizador que la Ley le otorga, porque los vecinos y vecinas requirieren una respuesta ante sus reclamos, porque tienen el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación acústica”.

La medida cautelar indica que deben mantenerse los sellos por 15 días hábiles, y si se produce su rotura intencionalmente, la SMA deberá dar aviso al Ministerio Público. Esto no prohíbe el funcionamiento del local en su giro de venta de alimentos y bebidas alcohólicas, pero en ese período sí debe elaborar un informe técnico de dianóstico con las características de amplificación del local y sugerencias de acciones y mejoras para dar cumplimiento a la norma de ruido.

Trabajo coordinado entre servicios públicos

Desde diciembre la Oficina Regional de la SMA en Coquimbo ha trabajado en conjunto con Carabineros, Seremi de Salud y los municipios locales para abordar las denuncias de ruidos molestos provenientes del rubro de la entretención nocturna, donde se destacan distintas problemáticas socio-ambientales.

“Se realizaron capacitaciones sobre cómo adoptar medidas que mitiguen los ruidos, se realizó bastante difusión y algunos locales tomaron medidas tempranas. En algunos casos eso no ha sucedido, y hemos aplicado este tipo de medidas”, comenta Musić.

Rol de la SMA: en el contexto de la institucionalidad ambiental actual en Chile, la Superintendencia del Medio Ambiente cumple un rol fiscalizador y de sanción sobre los instrumentos de gestión ambiental vigentes en el país (Ley 19.300): Resoluciones de Calificación (RCA), Normas de Emisión, Normas de Calidad y Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, entre otros.