Proyecto de ley para proteger a trabajadores de las comunicaciones.

Cámara de Diputadas y Diputados aprueba proyecto que protege a periodistas y personas trabajadoras de las comunicaciones.

La iniciativa fue ingresada en mayo del 2022 por la diputada por la Región de Coquimbo y ex presidenta del Colegio de Periodistas, Nathalie Castillo. Al ser objeto de indicaciones, la moción parlamentaria – patrocinada por el Ejecutivo- vuelve a su votación y discusión en particular en la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones para su posterior informe a Sala.

La tarde de ayer lunes, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por 77 votos a favor, 24 en contra y 25 abstenciones, el proyecto de ley que regula la protección de periodistas y personas trabajadores de las comunicaciones (Boletín N°14. 964-24). La iniciativa fue presentada en mayo del 2022 por la diputada de la región de Coquimbo, Nathalie Castillo (PC) y recibió el patrocinio del Ejecutivo para su tramitación. Por objeto de indicaciones, tras su aprobación en Sala, el proyecto vuelve a la Comisión de Culturas, Artes y Comunicaciones.

La moción parlamentaria se acoge a las orientaciones que establece la Organización de las Naciones Unidas para la Cultura, las Ciencias y la Educación (UNESCO)  en materia de defensa a trabajadores y trabajadoras de las comunicaciones, de forma de aplicar aquellas sugerencias internacionales a la legislación local. Además, el proyecto fue trabajado por distintas organizaciones sociales, tales como el Colegio de Periodistas, el Observatorio por el Derecho a la Comunicación, el periodista Mauricio Weibel, entre otros.

En su intervención, la diputada autora de la iniciativa y ex presidenta de la Orden, destacó que “ la idea central del proyecto es consagrar el deber Estatal de promover la seguridad de periodistas y personas que trabajan en las comunicaciones que surgen desde su posición como defensoras de los derechos humanos, cuyas labores están estrechamente relacionadas con la libertad de prensa, el ejercicio libre de la profesión, la libertad de expresión, el acceso a la información y el fortalecimiento de la democracia. Entre más prensa libre, más garantías para los periodistas, es más democracia”.

A su vez, señaló que “esta no es una ley de privilegio, no es una ley que restringe la libertad de expresión, todo lo contrario, ya que la promueve. Es un proyecto que cumple los más altos estándares en materia internacional de comunicación y además se discutió con diversas organizaciones, como la ANATEL, Asociación Nacional de Prensa, sindicatos, la Red de Periodistas Feministas, UNESCO, SOCOLAC, ODC, profesionales como Alberto Precht o Francisco Leturia aprobaron el diseño de este proyecto”.

Cabe señalar que, según información pública de UNESCO, el año pasado fueron asesinadas 44 periodistas en América Latina y el Caribe, más de la mitad de todos los homicidios registrados contra comunicadores/as en el mundo. En cuanto a la impunidad en crímenes contra periodistas, la cifra alcanza un 86% de los casos.

De convertirse en ley de la república, Chile sería pionero a nivel internacional al contar con una normativa especial, un estatuto de protección y salvaguarda a periodistas y personas trabajadores de las comunicaciones.

CONTENIDO DE LA NORMA

La iniciativa parlamentaria cuenta con 14 artículos en el que se especifica el principio y prolijidad del Estado en la prevención y defensa ante hechos de violencia en la que sean víctimas las y los periodistas y personas trabajadores de las comunicaciones (personal de apoyo, choferes, apoyo técnico e intérpretes, editores, entre otros), independiente del contexto en que se desarrollen su ejercicio comunicacional: en tiempos de paz, conflictos internacionales, tensión interna, conflicto armado no internacional o la declaración (o no) de estados de excepción constitucional.

Además, la norma establece distintos mecanismos para garantizar esta protección, entregando respuestas, medidas de investigación, sanción y reparación ante vulneraciones.

Dentro de las obligaciones asumidas por el Estado, está en obligar que funcionarias y funcionarios públicos se abstengan de realizar declaraciones que expongan y menoscaben a profesionales de la comunicación. En esa línea, el Instituto Nacional de Derechos Humanos deberá registrar todos aquellos antecedentes sobre hechos denunciados por periodistas y personas trabajadores de las comunicaciones.

La Subsecretaría de Derechos Humanos, por su parte, incluirá dentro del Plan Nacional de Derechos Humanos acciones –junto a otras reparticiones públicas- que promuevan el derecho a la información.

La protección de las fuentes y la de las familias, como un medio para garantizar el acceso a la información de la población, es otra de las obligaciones.

Sobre mujeres y disidencias, la normativa establece que el Estado deberá adoptar medidas concretas, adecuadas, integrales y efectivas para erradicar todo tipo de violencia de género que aseguren el derecho a una vida libre de violencia, de forma de visibilizar las agresiones y amenazas contra mujeres comunicadoras y periodistas, en el contexto de su ejercicio profesional